TÉCNICO/A SUPERIOR FPII DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN

  • IMIB26_C66
  • 03/07/2026-13/07/2026
  • Abierta
Servicio científico-técnico: Fabricación de medicamentos de terapia avanzada bajo normas de correcta fabricación (GMP, Good Manufacturing Practices) en la Plataforma Sala Blanca del IMIB.
Ubicación: Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca - Plataforma de Sala Blanca / IMIB-Arrixaca

Convocatoria

Resolución de la Dirección de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia por la que se convoca concurso para la contratación de uno plaza de TÉCNICO/A SUPERIOR FPII DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN para el servicio científico técnico Fabricación de medicamentos de terapia avanzada bajo normas de correcta fabricación (GMP, Good Manufacturing Practices) en la Plataforma Sala Blanca del IMIB.

Oferta publicada a día 03/07/2026 con código IMIB26_C66.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, con la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, de acuerdo a la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI y con el I Plan de Igualdad de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia.

El sistema de selección respetará los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y libre concurrencia de las personas candidatas, así como los principios de celeridad y eficacia, y garantizará, en todo momento, la transparencia del proceso selectivo.

Sello HRS4R

La contratación del personal investigación y personal técnico realizada por parte de la FFIS como entidad gestora del IMIB, sigue los principios establecidos en la política OTM-R (contratación abierta, transparente y basada en méritos) de la institución, en cumplimiento con la Carta Europea del Investigador y la Estrategia HRS4R. Esta documentación se encuentra accesible en: https://www.imib.es/portal/hrs4r.jsf.

Adscripción funcional

Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca - Plataforma de Sala Blanca / IMIB-Arrixaca.

Objeto

El Servicio Científico-Técnico prestado por la plataforma Sala Blanca incluye la fabricación de medicamentos de terapia avanzada bajo normativa GMP y medicamentos sujetos a prescripción facultativa.

Tareas a realizar por la persona trabajadora

  • Seguimiento y control de las condiciones ambientales de la fabricación.
  • Procesamiento del material biológico de partida, seguimiento de los cultivos, expansión celular, congelación/ descongelación, envasado, etc.
  • Obtención de muestras de control de calidad, tanto de procesos como ambientales.
  • Preparación de los medios y reactivos.
  • Preparación de los materiales (autoclavado, dobleembolsados, etc…).
  • Limpieza y mantenimiento de las instalaciones y equipos.
  • Almacenamiento de materiales, inventario y cumplimentación de registros de almacén.
  • Elaboración de PNTs y Registros específicos del Área de Producción, participación en elmantenimiento de la gestión documental.
  • Cumplimentación de registros asociados a PNTs. Cumplimentación de Guías de Fabricación de lote.
  • Documentar incidencias, así como establecer las acciones correctoras y/o preventivas pertinentes.

Requisitos imprescindibles

(Es indispensable acreditar documentalmente el cumplimiento de estos requisitos adjuntando los justificantes a su inscripción. El no cumplimiento y/o la falta de acreditación de cualquiera de estos requisitos en el plazo establecido en la convocatoria, supondrá la no valoración de la candidatura. Excepcionalmente, la comisión podrá establecer un plazo adicional en fase de valoraciones para aclarar determinada información).
  • Experiencia laboral en laboratorios GMP de fabricación de medicamentos de terapia avanzada. La experiencia laboral, a tiempo completo o parte proporcional en periodos inferiores, sólo se valorará si se acredita: 1. Mediante contrato laboral o mercantil donde consten las tareas realizadas. En el caso de que no figuren en el contrato dichas tareas, se deberá aportar, junto con el contrato, un certificado de la propia entidad detallando las mismas, 2. Mediante certificado de la entidad contratante donde conste, el nombre de la persona contratada, puesto de trabajo, duración del contrato, jornada laboral y tareas desempeñadas.) En todo caso, se deberá aportar la vida laboral actualizada.
  • Ciclo formativo de Grado Superior FPII en Anatomía Patológica y Citología (Nivel MECES 1) o Ciclo formativo de Grado Superior FPII en Laboratorio Clínico y Biomédico (Nivel MECES 1) o Ciclo formativo de Grado Superior FPII en Laboratorio de Análisis y Control de Calidad (Nivel MECES 1) o Equivalente. (La titulación académica se acreditará mediante la aportación del título oficial o certificación supletoria provisional en vigor, que sustituirá al título o certificación académica de Título de FP para la obtención del Título de Formación Profesional en el que conste la fecha en la que ha solicitado y abonado las tasas académicas para la expedición del título. En el caso de estar en posesión de un título obtenido en un país extranjero dicha titulación deberá ser equiparable en capacitación a la requerida y se deberá disponer de la correspondiente credencial de homologación al título equivalente en España, expedida por el órgano administrativo competente en materia de homologación de estudios extranjeros de Formación Profesional).
  • Formación en Normas de Correcta Fabricación (GMP). (Se acreditará con certificado expedido por la entidad formativa).

Se valorará

(Es imprescindible acreditar documentalmente en el plazo establecido todos los datos que expone en su candidatura. No se valorarán documentos que no se adjunten en el plazo establecido en la convocatoria ni datos que no sean debidamente acreditados documentalmente. Sólo se valorarán los criterios preestablecidos en las bases de la convocatoria de referencia. Excepcionalmente, la comisión podrá establecer un plazo adicional en fase de valoraciones para aclarar determinada información).

Méritos valorables

Tipo Mérito Baremo Máximo
Experiencia Experiencia laboral en laboratorios GMP de fabricación de medicamentos de terapia avanzada. La experiencia laboral, a tiempo completo o parte proporcional en periodos inferiores, sólo se valorará si se acredita: 1. Mediante contrato laboral o mercantil donde consten las tareas realizadas. En el caso de que no figuren en el contrato dichas tareas, se deberá aportar, junto con el contrato, un certificado de la propia entidad detallando las mismas, 2. Mediante certificado de la entidad contratante donde conste, el nombre de la persona contratada, puesto de trabajo, duración del contrato, jornada laboral y tareas desempeñadas.) En todo caso, se deberá aportar la vida laboral actualizada 1 punto por mes trabajado. Hasta un máximo de 25 puntos. NOTA: Se valorará la parte proporcional de la experiencia laboral no valorada en otros apartados de la convocatoria. (Volver a adjuntar de nuevo el contrato laboral/certificado). 25.0
Experiencia Experiencia laboral en cultivo celular o manipulación no sustancial de células/tejidos (centrifugación, filtrado, separación, concentración o purificación celular, criopreservación, etc) y/o controles de calidad y caracterización de productos celulares (citometría de flujo, estabilidad génica, inmunopotencia, diferenciación) y/o controles microbiológicos (endotoxinas, gram, mycoplasma…) en productos estériles o productos celulares. La experiencia laboral, a tiempo completo o parte proporcional en periodos inferiores, sólo se valorará si se acredita: 1. Mediante contrato laboral o mercantil donde consten las tareas realizadas. En el caso de que no figuren en el contrato dichas tareas, se deberá aportar, junto con el contrato, un certificado de la propia entidad detallando las mismas, 2. Mediante certificado de la entidad contratante donde conste, el nombre de la persona contratada, puesto de trabajo, duración del contrato, jornada laboral y tareas desempeñadas.) En todo caso, se deberá aportar la vida laboral actualizada. 1 punto por mes trabajado. Hasta un máximo de 20 puntos. NOTA: Se valorará la parte proporcional de la experiencia laboral no valorada en otros apartados de la convocatoria. (Volver a adjuntar de nuevo el contrato laboral/certificado). 20.0
Formación Formación en análisis estadístico y/o en manejo de base de datos y/o Excel. (Se acreditará con certificado expedido por la entidad formativa donde consten las horas y/o créditos realizados). 1 punto por cada 20 horas de formación, hasta un máximo de 10 puntos. NOTA: Se excluye de la valoración la formación valorada en otros apartados de la convocatoria. 10.0
Formación Formación en controles de calidad relacionados con el cultivo celular (estabilidad genética -cariotipo, FISH, otros-, cultivos de diferenciación). (Se acreditará con certificado expedido por la entidad formativa donde consten las horas y/o créditos realizados). 1 punto por cada 10 horas de formación. Hasta un máximo de 10 puntos. NOTA: Se excluye de la valoración la formación valorada en otros apartados de la convocatoria. 10.0
Formación Titulación de Especialización en cultivos celulares. (La titulación académica se acreditará mediante la aportación del título oficial o certificación supletoria provisional en vigor, que sustituirá al título o certificación académica de Título de FP para la obtención del Título de Formación Profesional en el que conste la fecha en la que ha solicitado y abonado las tasas académicas para la expedición del título. La titulación será acorde al Real Decreto 93/2019, 1 de marzo, por el que se establece el Curso de especialización en cultivos celulares) 5 puntos por titulación. Hasta un máximo de 5 puntos. NOTA: Se excluye de la valoración la formación valorada en otros apartados de la convocatoria. 5.0
Formación Formación en Normas de Correcta Fabricación (GMP). (Se acreditará con certificado expedido por la entidad formativa donde consten las horas y/o créditos realizados). 1 punto por cada 10 horas de formación. Hasta un máximo de 10 puntos. NOTA: Se excluye de la valoración la formación valorada en otros apartados de la convocatoria. 10.0
Formación Formación en Buenas Prácticas Laboratorio. Se acreditará con certificado de la acción formativa. 1 punto por cada 5 horas de formación. Hasta un máximo de 10 puntos. NOTA: Se excluye de la valoración la formación valorada en otros apartados de la convocatoria. 10.0
Formación Formación en Buenas Prácticas Clínicas. Se acreditará con certificado de la acción formativa. 0,5 puntos para cursos de hasta 5 horas o cursos donde no consten las horas realizadas. 1 punto para cursos de hasta 10 horas, 1,5 puntos para cursos entre 11 y 20 horas. 2 puntos para cursos entre 21 y 30 horas. 4 puntos para cursos entre 31 y 50 horas; 5 puntos para cursos entre 51 y 100 horas. Hasta un máximo de 5 puntos. NOTA: Se excluye de la valoración la formación valorada en otros apartados de la convocatoria. 5.0
Idiomas Nivel oficial de idioma inglés. Se acreditará con certificación oficial de nivel obtenido. 0,5 puntos por titulación nivel A1. 1 puntos por titulación nivel A2. 2 puntos por titulación nivel B1. 3 puntos por titulación nivel B2. 4 puntos por titulación nivel C1. 5 puntos por titulación nivel C2. Hasta 5 puntos. 5.0

Entrevista personal

Entrevista personal a las personas candidatas preseleccionadas: valoración y conocimiento adicional de las aptitudes, actitudes y destrezas de la candidatura. La comisión de evaluación podrá preguntar a las personas candidatas sobre las competencias propias del puesto de trabajo, así como sobre su experiencia laboral en el puesto de categoría similar. Igualmente podrán realizar las pruebas que consideren pertinentes, siempre que no representen discriminación o restrinjan injustificadamente la concurrencia.

Hasta un máximo de 20.0 puntos.

Ver cláusula «Propuesta de resolución y alegaciones».

Régimen jurídico del contrato convocado

Naturaleza jurídica

Contrato de actividades cientifico-tecnicas (artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación), vinculado al servicio científico técnico Fabricación de medicamentos de terapia avanzada bajo normas de correcta fabricación (GMP, Good Manufacturing Practices) en la Plataforma Sala Blanca del IMIB y/o a la financiación indicada en la presente convocatoria.

Dedicación

El régimen de dedicación del contrato será a tiempo completo (35.0 horas semanales).

Horario

El horario de trabajo será, con carácter general:

  • Lunes: De 07:30 a 14:30.
  • Martes: De 07:30 a 14:30.
  • Miércoles: De 07:30 a 14:30.
  • Jueves: De 07:30 a 14:30.
  • Viernes: De 07:30 a 14:30.

Duración

El contrato se concertará por tiempo indefinido. Su vigencia quedará explícita y directamente vinculada a la concurrencia de financiación y del servicio Fabricación de medicamentos de terapia avanzada bajo normas de correcta fabricación (GMP, Good Manufacturing Practices) en la Plataforma Sala Blanca del IMIB que habilite su mantenimiento.

Periodo de prueba

El periodo de prueba se regirá por lo establecido en el artículo 14 de la Ley del estatuto de los trabajadores. No habrá lugar a periodo de prueba cuando la persona adjudicataria del contrato ya hubiera desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la FFIS, bajo cualquier modalidad de contratación.

Durante el periodo de prueba se evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo y, en su caso, la oportunidad de poner fin a la relación laboral sin que ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna.

Extinción

El contrato preverá su extinción por la concurrencia de cualquiera de las causas regladas conforme al artículo 49 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como por cualesquiera otras causas procedentes de pudiera resultar de disposiciones jurídicas aplicables.

Causa de extinción

Con arreglo al contrato: a los efectos del artículo 49.1b de la Ley del Estatuto de los trabajadores, se consignará como causa de extinción contractual la consistente en la desaparición o insuficiencia de la financiación que habilita la celebración y el mantenimiento del contrato de trabajo en relación con el servicio científico técnico a la que se encuentra.

Indemnización en caso de extinción

Por analogía con lo previsto en los artículos 52.e y 53.1b de la Ley del Estatuto de los trabajadores, en la hipótesis de extinción contractual la persona trabajadora tendrá derecho a recibir una indemnización consistente en el abono de 20 (veinte) días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferior a 1 (un) año y con un máximo de 12 (doce) mensualidades.

La formalización de la contratación y su mantenimiento estará supeditada en todo caso al cumplimiento de la legislación aplicable a esta entidad en materia de contratación de personal, a los informes preceptivos que la normativa establezca en cada caso.

Retribución

La persona candidata seleccionada percibirá un salario bruto anual de 21.226,92 euros (salario bruto mensual de 1.768,91 euros, pagas extras incluidas) o parte proporcional por periodos inferiores. Al salario bruto se le deducirá mensualmente la cuota obrera de Seguridad Social así como el IRPF que legalmente corresponda a la persona trabajadora según normativa vigente.

Financiación

Oferta de empleo financiada por los siguientes fondos:

  • IMIB APORTACION SMS PERSONAL CIENTIFICO INVESTIGADOR 2026

Fecha de inicio de la convocatoria

03/07/2026

Fecha de fin de la convocatoria

A las 13:00h. del 13 de julio de 2026

Número de plazas

1

Comisión de evaluación

Las personas candidatas serán evaluadas por una comisión formada por los siguientes miembros:

  1. Responsable Plataforma SALA BLANCA de IMIB, o persona en la que delegue.
  2. Investigador responsable de ensayos clínicos del grupo de investigación "Trasplante Hematopoyético/ Terapia Celular" de Instituto Murciano de Investigación Biosanitaria Pascual Parrilla (IMIB-Pascual Parrilla), o persona en la que delegue.
  3. Técnica de Apoyo a la Investigación de Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia/IMIB-Pascual Parrilla, o persona en la que delegue.

La composición de la comisión de evaluación tendrá en cuenta la perspectiva de género.

La comisión de evaluación se hallará facultada para interpretar las presentes bases, para resolver las dudas que suscite su cumplimiento y ordenar el curso del proceso selectivo, pudiendo adoptar cuantas decisiones fueren precisas a tal efecto.

Forma y presentación de candidaturas

La presentación de candidaturas para la participación en esta convocatoria exclusivamente se podrá realizar a través de la página web de la Fundación https://www.ffis.es/ y del IMIB https://www.imib.es/, apartado «oferta de empleo» en más información, «Presentar Candidatura».

No se aceptarán candidaturas o documentación aportadas mediante cualquier otro medio que no sea el indicado en el párrafo anterior.

Al presentar su candidatura, recibirá un correo electrónico de confirmación de dicha acción.

El plazo para presentar documentación acreditativa será el comprendido entre la fecha de inicio de la convocatoria y la fecha y hora de fin de la misma.

Propuesta de resolución y alegaciones

La comisión examinará todas las inscripciones y valorará la documentación aportada en plazo sobre la acreditación fehaciente de los requisitos imprescindibles, así como de los criterios valorables. Para superar el concurso será preciso obtener, en su caso, cumplir con los requisitos mínimos imprescindibles y la puntuación mínima de 10.0 puntos de los méritos valorables. El concurso podrá quedar desierto si ninguna persona candidata alcanza el indicado mínimo de puntuación.

Dicha comisión, podrá realizar entrevistas personales, así como pruebas de aptitud a las personas solicitantes más idóneas para el puesto requerido, con la finalidad de valorar su madurez, formación integral, iniciativa y motivación, así como adecuación al puesto de trabajo. En el caso de realizar entrevistas personales, con carácter general, se realizarán a las 3 (tres) candidaturas con más puntuación. O en su caso según las candidaturas con puntuaciones similares a los que considere la comisión de evaluación.

En caso de empate de puntuaciones de dos o más personas candidatas, de acuerdo a sorteo realizado en fecha 24 de junio de 2025 en presencia del Comité de Empresa de la FFIS, a partir del 13 de julio de 2025, con una duración de un año, el desempate se resolverá teniendo en cuenta orden alfabético descendente del primer apellido iniciándose el orden en la letra «K». En caso de que el primer apellido sea el mismo, se seguirá el mismo criterio en el segundo apellido, y en caso de ser coincidentes, se utilizará el mismo criterio con el primer y segundo nombre, de la persona candidata tal y como aparece en su documento de identidad.

A la vista del expediente y del informe de la comisión de evaluación, la Dirección de la Fundación dictará Resolución Provisional con los nombres de las personas admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión y sus puntuaciones, que se hará pública en el apartado «ofertas de empleo» de la página web de la Fundación https://rrhh.ffis.es/ y del IMIB https://www.imib.es/, durante el plazo legalmente establecido atendiendo a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Las personas candidatas, dispondrán de 3 días hábiles a contar a partir del siguiente a la publicación de la Resolución Provisional para enviar un correo electrónico a recursoshumanos@ffis.es en caso de no estar de acuerdo con la Resolución exponiendo los motivos de su desacuerdo.

La comisión de evaluación revisará todas las discrepancias y las contestará en el plazo más breve posible.

Una vez valoradas las alegaciones presentadas, la comisión de evaluación propondrá a la persona candidata seleccionada para que la Dirección de la Fundación dicte y publique Resolución Definitiva con el nombre de la misma, así como el resto de personas candidatas con sus puntuaciones.

Resolución y notificación

A la vista de la propuesta de la comisión de evaluación, la Dirección de la Fundación dictará Resolución definitiva de adjudicación de la Convocatoria, de acuerdo a los criterios de valoración previstos en la misma, que se hará pública en el apartado «ofertas de empleo» de la página web de la Fundación https://www.ffis.es/ y del IMIB https://www.imib.es/.

Una vez publicada la Resolución Definitiva, se notificará por correo electrónico a la persona candidata seleccionada tal situación y se requerirá en el plazo de tres días hábiles, a partir del siguiente al de la notificación, comunique su aceptación o renuncia al contrato concedido. En el supuesto de no recibir respuesta en el plazo mencionado, se entenderá que renuncia tácitamente a la contratación.

Incorporaciones

Dadas las especiales características del objeto de la contratación, y atendiendo a la actividad investigadora, la incorporación de la persona candidata seleccionada se realizará dentro de los 15 días hábiles inmediatamente posteriores al día de publicación de la Resolución Definitiva de concesión, o en su defecto, una vez resuelta la resolución de compatibilidad, en caso de ser necesaria.

En caso de que durante este periodo la persona candidata seleccionada no se encuentre en disposición de incorporarse efectivamente al puesto de trabajo en el plazo establecido, se seleccionará a la siguiente candidatura que reúna todos los requisitos mínimos, por orden de prelación en función de la puntuación obtenida, o en su defecto, si no hay más personas candidatas que reúnan los requisitos mínimos, la convocatoria quedará desierta.

Por último, en el caso de permiso por nacimiento y cuidado de/de la menor, o por Incapacidad Temporal (baja médica), se podrá ampliar el periodo de incorporación hasta la finalización del permiso o baja médica. Será necesario solicitar un aplazamiento de la incorporación justificando alguna de las causas mencionadas, en el plazo de tres días hábiles, a partir del siguiente al de la notificación de concesión. Para otras situaciones, se podrá solicitar, en el mismo plazo establecido en este párrafo, el aplazamiento de incorporación debidamente justificado, la cual se evaluará y resolverá en un plazo máximo de 3 días hábiles, a partir de la recepción de la misma por correo electrónico.

Para poder formalizar el contrato, el día de inicio del mismo, la persona candidata seleccionada deberá firmar electrónicamente la documentación requerida. Para ello tiene que disponer de: Certificado electrónico de persona física (se puede solicitar en https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica) o DNI electrónico, activado para firmar (se puede activar en una comisaría de policía donde expidan el DNI). Contactar con recursos humanos (recursoshumanos@ffis.es), con dos días de antelación al inicio del contrato, para recibir las indicaciones de cómo proceder a la firma electrónica según disponga de Certificado electrónico de persona física o DNI electrónico.

Incompatibilidades

En aplicación de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, así como del Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Fundación Pública de la Región de Murcia, con carácter general, el contrato objeto de la presente convocatoria será incompatible con la presentación de servicios en cualquier otra entidad del sector público, así como del privado.

En caso de que la persona candidata seleccionada se encuentre realizando alguna actividad susceptible de compatibilidad, deberá instarla en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución Definitiva, siendo necesaria la previa y expresa autorización de la misma.

Si la resolución de compatibilidad es favorable, la incorporación de la persona candidata se realizará en los cinco días hábiles posteriores a la recepción de la citada resolución de compatibilidad.

Si, por el contrario, la resolución fuera denegatoria, la persona candidata deberá optar por una de las dos actividades, bien la que viniera desempeñando, bien el puesto ofertado por la FFIS/IMIB, siendo igualmente la incorporación, en su caso, en los cinco días hábiles posteriores a la recepción de la citada resolución.

Candidatura de reserva

Esta convocatoria no dará lugar a la formación de lista de reserva ni a la creación de orden de prelación entre las personas candidatas. La eventual renuncia, no incorporación o extinción del contrato durante el periodo de prueba determinará la finalización del proceso y la declaración de la plaza como desierta.

Otras condiciones

No podrán ser seleccionadas para el contrato laboral objeto de la presente convocatoria, las personas candidatas cuya contratación suponga un incumplimiento de la normativa regional o estatal aplicable a la FFIS en materia laboral. Así mismo, no podrá participar ni resultar beneficiada de la presente convocatoria ninguna persona que haya sido anteriormente separada del mismo puesto de trabajo, ya sea por despido disciplinario o por no haber superado el periodo de prueba correspondiente en esta entidad (desempeñando las mismas tareas).

Sólo podrán ser personas candidatas seleccionadas quienes tengan la nacionalidad española o sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, las personas cónyuges de españoles/as y de nacionalidades de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes, así como las personas extranjeras que tengan residencia legal en España y permiso de trabajo y no estén incluidas en este párrafo y en los anteriores.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes certificados por las autoridades competentes de su país de origen traducidos al castellano (traducción jurada).

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o convalidación en su caso.

Contra las presentes bases y aquellas resoluciones que pongan fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer, en el plazo de 2 meses, demanda laboral ante los Juzgados de lo Social de Murcia, según lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en la redacción dada por la Disposición Final 3ª de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plan de igualdad

La FFIS dispone de un plan de igualdad de oportunidades. Se puede acceder al mismo en el siguiente enlace: https://www.imib.es/portal/igualdad.jsf.

La Fundación para la Formación e Investigación Sanitaria (FFIS) ha sido reconocida con el Distintivo de Igualdad de la Region de Murcia (DIERM) 2025, otorgado a las entidades que destacen por la implantación efectiva de políticas de igualdad de oportunidades, no discriminación e inclusión en el ámbito laboral.

Este reconocimiento se enmarca en la estrategia de la FFIS alineada con los principios de la Carta Europea del Investigador y el Código de Conducta para la Contratación, en el contexto del proceso de implementación del sello europeo «HR Excellence in Research». A través de sus Planes de Acción HRS4R, la Fundación impulsa medidas orientadas a garantizar condiciones de trabajo justas, procesos de selección y promoción transparentes basados en el mérito, conciliación de la vida personal y profesional, y la prevención del acoso en el entorno laboral.

Este reconocimiento del DIERM confirma que la FFIS aplica de manera efectiva sus políticas de igualdad y buenas prácticas en la gestión de los recursos humanos y refuerza su compromiso con la mejora continua de las condiciones del personal investigador y de apoyo, en coherencia con los estándares del Espacio Europeo de Investigación.

Protección de datos

Se informa a la persona interesada que sus datos personales van a ser objeto de tratamiento por parte de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia (Responsable del Tratamiento), con CIF G-73338857 y domicilio en el Pabellón Docente del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca, C/ Campo 12, 30120, El Palmar, Murcia, e incorporados en el sistema de tratamiento «Gestión de la contratación pública».

Se tratarán sus datos personales con las siguientes finalidades:

  • Llevar a cabo la gestión de la presente convocatoria.
  • Realizar cuantas notificaciones y otras comunicaciones sean precisas a la persona interesada en relación al concurso de contratación de personal.
  • Aquellas otras necesarias para cumplir con la normativa administrativa.
  • La confección de estadísticas y memorias técnicas que se requieran en virtud de los requisitos de la línea de investigación, servicio científico-técnico y/o proyecto en la que participa.

Los datos se conservarán mientras no se solicite la supresión de los mismos o se revoque el consentimiento, hasta un máximo de 2 años desde la finalización de la justificación y/o la establecida en la línea de investigación, servicio científico-técnico y/o proyecto. Todo ello sin perjuicio de lo que dispongan la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

No serán cedidos a terceros sus datos salvo en los casos legalmente previstos, así como a las organizaciones que componen el convenio específico de colaboración entre la Consejería de Salud, el Servicio Murciano de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia firmado el 17 de septiembre de 2020 y sus modificaciones posteriores. En su caso, también pueden ser cedidos a Juzgados y Tribunales.

Le corresponde a la persona interesada responder por la veracidad y exactitud de la información de su currículum y la documentación aportada.

Para ejercitar los derechos que procedan conforme a la normativa de protección de datos (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y/o portabilidad, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan) frente al tratamiento de sus datos personales, puede dirigirse por escrito a la dirección postal de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias o por correo electrónico a la siguiente dirección: recursoshumanos@ffis.es, facilitando copia de su DNI o documento identificativo equivalente.

Podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para presentar una reclamación cuando no considere debidamente atendida su solicitud.

Fecha de publicación

03/07/2026


Información de interés que Usted debe saber
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