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Modificación de las bases de la convocatoria “Stop fuga de cerebros” para la subsanación de defectos de forma

La Consejería de Salud de la CARM, a través de La Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia, y con la colaboración de Roche, promueve la presente convocatoria dirigida a la financiación de un contrato de Técnico Superior Doctor de Apoyo a la Investigación, con el fin de incorporar y retener talento investigador en nuestra Comunidad Autónoma.

 

Primera. Objeto y ámbito de aplicación

 

La presente convocatoria tiene por objeto contribuir a que el/la candidata/ha seleccionado/a pueda alcanzar la cualificación necesaria para la obtención de una ayuda competitiva de RRHH en convocatorias públicas publicadas en los 2 próximos años (2019 y 2020).

 

Segunda. Características de la ayuda.

 

La cuantía de la ayuda ascenderá hasta un máximo de  60.000 euros, que se invertirán en la contratación del/de la candidato/a beneficiario/a (salario, seguridad social, reconocimiento médico y otros gastos derivados de la contratación), una vez detraídos los gastos de gestión,  hasta cubrir el periodo de 18 meses previsto, para su participación en un proyecto de investigación básica de relevancia biomédica, que permita al/a la candidata/a mejorar su cualificación para optar en los dos años siguientes a una nueva convocatoria pública de RR.HH.

 

Tercera. Beneficiarios

 

Para garantizar la excelencia, podrán acceder a la convocatoria candidatos/as presentados por grupos de investigación cuyo Investigador Principal tenga vinculación laboral con la Consejería de Salud, el Servicio Murciano de Salud o la FFIS, y que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

 

  • Tener concedido un Proyecto de Investigación en Salud (AES 2017).

 

  • Haber solicitado financiación de recursos humanos en dicho proyecto y que finalmente, no haya sido concedida.

 

  • Que dicho proyecto sea de investigación básica.

 

  • Haber presentado, al menos, un candidato doctor a convocatorias competitivas postdoctorales Ramón y Cajal o Juan de la Cierva (convocatorias del MINECO 2016) o Miguel Servet, Sara Borrel o Río Hortega (convocatorias AES 2017).

 

Cuarta. Formalización de las solicitudes y plazos de presentación

 

Se establece un plazo para la presentación de solicitudes desde la fecha de la presente Resolución hasta el día 3 de junio de 2018.  Las solicitudes deberán  remitirse debidamente cumplimentadas al siguiente correo electrónico: investigacion@ffis.es, y deberá contener los siguientes documentos:

 

  1. Memoria del proyecto de investigación biomédica básica traslacional (PI 17) en formato normalizado AES o MINECO, que incluya claramente la actividad a desarrollar por el/la candidato/a presentado/a durante el periodo de disfrute de la ayuda, la cual, dentro del cronograma del mismo, no podrá superar los 18 meses.
  2. CV del Candidato/a en formato FECYT.
  3. Compromiso del Responsable de Grupo beneficiario, de aceptar,  acoger  e  integrar  al/a la contratado/a en las labores de investigación específicamente propuestas en el proyecto, y de poner a su disposición los recursos materiales necesarios para el desarrollo del mismo, así como de responsabilizarse de la consecución de los objetivos de la actividad a desarrollar.

 

Quinta. Criterios de selección de los/las candidatos/as presentados/as.

 

  • En la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes méritos curriculares del/de la candidato/a:
  • Producción científica: número y calidad de publicaciones.
  • Participación y/o liderazgo en proyectos nacionales e internacionales.
  • Experiencia  postdoctoral  (mínimo  dos  años)  en  centros  de  investigación biomédica.

 

  • Dichos méritos serán valorados siguiendo el baremo aplicado en la convocatoria Sara Borrel 2017.

 

Sexta. Comisión de Evaluación

 

Una Comisión Evaluadora nombrada por el Comité Científico Interno del IMIB, y teniendo presente los criterios antes señalados, elevará una propuesta  razonada y priorizada del/de la candidato/a  seleccionado/a y suplentes a la FFIS. Esta Comisión podrá recabar cuantas informaciones y documentación adicional estime necesaria para la valoración de las solicitudes, pudiendo sugerir la introducción de rectificaciones tendentes a una mayor clarificación.

 

Las solicitudes que estén incluidas en el objeto de esta convocatoria serán evaluadas en función de los criterios de baremación establecidos en la presente convocatoria.

 

 

Séptima. Propuestas de concesión, resolución provisional y alegaciones

 

La FFIS, a la vista de la propuesta de concesión provisional formulada por la Comisión, publicará Resolución provisional en la web www.ffis.es. Esta Resolución incluirá un listado completo de todos los/las candidatos/as solicitantes en orden decreciente, según la puntuación obtenida.

Los/as candidatos/as podrán, en el plazo de tres días naturales contados desde el siguiente a la publicación de la Resolución provisional, formular las alegaciones que estimen convenientes, remitiéndolas al siguiente correo electrónico: investigacion@ffis.es.

Examinadas las alegaciones, la Comisión elaborará una propuesta definitiva con los candidatos/as en orden decreciente de puntuación según la baremación correspondiente.

 

Séptima. Notificación  y publicación  de la resolución

 

La resolución de concesión será notificada al/a la beneficiario/a por escrito. Esta resolución se publicará asimismo en la web de la FFIS.

 

Octava. Características de la contratación.

 

  1. El contrato tendrá  una duración de 18 meses a tiempo completo.
  2. El/la candidato/a seleccionado/a, salvo  casos  debidamente  justificados  y  con  autorización expresa por parte del Director de la FFIS, deberá incorporarse al Grupo beneficiario en un plazo de 30 días hábiles desde la resolución definitiva, supeditado a la autorización por parte de Función Pública.  La no incorporación en la fecha señalada, sin autorización expresa, implicará la pérdida automática de los derechos de la presente  convocatoria.
  3. El disfrute de estos contratos supone dedicación exclusiva al proyecto, por lo que será incompatible con cualquier otro tipo de actividad laboral habitual remunerada.

 

Novena. Aceptación de la ayuda y obligaciones de los beneficiarios.

 

La aceptación del contrato por parte del/de la candidato/a seleccionado/a y del investigador responsable del Grupo beneficiario, implica las siguientes condiciones:

 

El/la candidato/a seleccionado/a  estará obligado/a  a:

 

  • Incorporarse al grupo de investigación en la fecha establecida.
  • Dedicarse eficazmente al trabajo de investigación propuesto, de acuerdo con las normas propias del grupo, y a las de la organización y funcionamiento de la FFIS como entidad contratante.
  • Presentar a la Comisión de Investigación un informe semestral, que contenga los principales hitos y hechos relevantes del trabajo realizado durante dicho periodo.
  • Presentar a la Comisión de Investigación, dentro de los tres meses siguientes a la finalización del Contrato, una memoria final que incluya un resumen de los principales logros científicos alcanzados y copia de los trabajos publicados y aquellos que se encuentren en fase de revisión.
  • Hacer constar y agradecer explícitamente la ayuda recibida por la Consejería y por Roche en cualquier publicación que sea consecuencia de la actividad desarrollada por el candidato/a.

 

El investigador responsable del grupo que acoge al candidato/a deberá:

 

  • Responsabilizarse, mediante documento escrito, de supervisar el trabajo y vigilar el cumplimiento de las exigencias antes mencionadas, así como aprobar el informe semestral y memoria final que presente el/la candidato/ha seleccionado/a  orientando  su trabajo hacia una mayor cualificación para optar a una ayuda competitiva en los dos años siguientes.
  • Realizar un informe anual de la actividad investigadora del/la contratado/a.
  • Comunicar por escrito a la FFIS cualquier eventualidad que pueda afectar al desarrollo del proyecto o al plan de trabajo.
  • Hacer constar y agradecer explícitamente, en cualquier publicación que sea consecuencia de la actividad desarrollada por el/la candidato/a, la ayuda recibida por la FFIS.
  • Poner en conocimiento de la FFIS, con carácter inmediato, la obtención de cualquier resultado susceptible de protección, en materia de propiedad industrial e intelectual.

 

Décima. Incumplimiento de las condiciones señaladas en la Convocatoria

 

La constatación del incumplimiento de los fines y objeto de la presente convocatoria, así como de las obligaciones del/de la candidato/a seleccionado/a y/o del grupo beneficiario señaladas en la cláusula anterior, y en particular, la realización de actividades asistenciales y/o actividades no previstas en la memoria, se procederá a la rescisión del contrato.

 

Undécima. Aceptación de las bases

 

La presentación de la solicitud para formar parte de la presente convocatoria, supone la aceptación implícita de las bases que la regulan.

Podrán encontrar toda la información en el siguiente link:

 

Para cualquier duda o consulta, pueden ponerse en contacto con:

Mª Jesús Soriano Alcaraz. Tlf: 968356651 / email: mariaj.soriano@carm.es

 

Documento de la convocatoria

 

 

Instituto de Investigación Sanitaria Acreditado

ISCII

Fondo Social Europeo "El FSE Invierte en tu futuro"

Fondo Social Europeo

Sello de Calidad Europeo "HR Excellence in Research"

HRS4R